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Revés judicial para Zdero por el desplazamiento de la Gerenta General del Instituto de Tierras

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La trabajadora se desempeñó como subrogante en la Gerencia General del exInstituto de Colonización desde agosto de 2016 hasta diciembre de 2023, cuando fue nombrada en el cargo a través de un decreto del entonces gobernador Jorge Capitanich. La gestión de Leandro Zdero la desplazó del cargo a través de una resolución que la justicia declaró “arbitraria e ilegal” y ordenó devolverle la subrogancia.

La justicia provincial volvió a asestarle un duro revés a la persecución que viene impulsando el gobierno de Leandro Zdero contra trabajadoras y trabajadores procedentes de las gestiones peronistas. En este caso, declaró arbitraria e ilegal una resolución del Instituto de Tierras Fiscales (ex Colonización) que había desplazado a la Gerenta General del cargo que subrogó durante 9 años y que había sido nombrada mediante un decreto.

El fallo, que da a conocer LITIGIO, fue dictado el 17 de julio pasado por la Sala Segunda de la Cámara Contencioso Administrativa, que integran las juezas Gloria Silva y María Virginia Serrano.

El Instituto de Tierras Fiscales justificó el desplazamiento de la trabajadora en el proceso de “revisión administrativa” impulsada por la gestión Zdero, que en los hechos implicó una purga de trabajadores y trabajadoras que ingresaron a la administración pública provincial durante los gobiernos peronistas. El organismo argumentó que la designación como subrogante de la trabajadora era “precaria” y “provisoria”, que no accedió al cargo por concurso y que, por lo tanto, tenía la facultad discrecional para quitársela.

En su presentación judicial, la trabajadora denunció que la decisión del organismo que preside la denunciadora Ana María Canata fue una represalia por haber judicializado una decisión que revocó su nombramiento como titular en el mismo cargo, a fines de 2023, durante los albores de la gestión de Capitanich.

El fallo de la Cámara Contenciosa consideró que la decisión del organismo fue “arbitraria” e “ilegal”, en principio, por una cuestión de forma, ya que con una resolución intentó dejar sin efecto un decreto firmado por el gobernador. En ese sentido, señaló que la resolución “modifica una designación efectuada mediante Decreto, lo que importa un incumplimiento de lo normado por el art. 114 de la ley Nº 1140 —Ley Nº 179-A del Digesto—, en torno a la competencia del órgano emisor”. Así, indicó que “el reconocimiento efectuado por Decreto Nº 264/17 (artículo 2º) no puede ser alterado mediante resolución del Instituto de Tierras Fiscales y su transgresión resulta ilegítima y arbitraria. Ello sin adecuar su actuación al principio de jerarquía normativa que impone hacer aplicación preferente de las normas de rango superior (art. 31 Constitución Nacional)”.

Pero, además, advirtió que la decisión carecía de la fundamentación que requiere todo acto discrecional de la administración pública. Al respecto, precisó que “la circunstancia de que la entidad administrativa obrare en ejercicio de facultades discrecionales, en manera alguna puede constituir justificativo de su conducta arbitraria como tampoco de la omisión de los recaudos, que para el dictado de todo acto administrativo exige la Ley Nº 179-A”.

Así, la sentencia sostiene que la Resolución Nº 0391/25 del Instituto de Tierras Fiscales, dictada el 8 de abril de 2025, “luce carente de fundamentación ostensiblemente necesaria para sostener que se deje sin efecto su subrogancia”, y resolvió retrotraer la situación de la trabajadora “al status jurídico anterior al acto impugnado respecto de la actora M.G.A y sus consecuentes”.

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