El Tribunal Oral Federal de Resistencia denegó las excarcelaciones de Ramón Alberto “Tito” López y de su hijo David López, imputados en una causa por lavado de activos agravado y actuación en el marco de una organización criminal. Esperarán detenidos el juicio oral previsto para abril de 2026.
El Tribunal Oral Federal de Resistencia, integrado por los jueces Fabián Cardozo y Enrique Bosch, resolvió mantener la prisión preventiva de “Tito” López, detenido desde el 12 de septiembre de 2024, en la causa en la que se encuentra imputado por presunto lavado de activos y que tiene fecha de juicio oral para principios de abril de 2026. El tribunal también rechazó la excarcelación de uno de los hijos de López, David López, imputado en la misma causa.
En su fallo, los magistrados hicieron propia la postura del Ministerio Público Fiscal, que se opuso a la excarcelación al considerar que “se mantienen subsistentes los peligros procesales” y que no hubo “cambios fácticos que ameriten modificar el régimen impuesto”.
La Fiscalía había fundamentado su rechazo señalando que López, identificado como “caudillo” de una organización criminal, mantiene una “capacidad operativa” que representa un riesgo concreto de entorpecimiento de la causa. En sus fundamentos, el tribunal destacó que “la vinculación de López en su calidad de ‘caudillo’ de la organización criminal, con las particularidades de obediencia y respuesta que caracterizan este grupo, hace más probable la posibilidad de interferencias y entorpecimiento del proceso”.
Además, los jueces hicieron hincapié en la “seriedad del delito y de la pena en expectativa” que enfrenta el imputado, lo que —junto con los bienes de significativo valor involucrados y la cantidad de personas que participaron en los hechos— configura un “riesgo de fuga” que justifica la prisión preventiva. “Los argumentos expuestos a favor del imputado no garantizan ni aseguran la futura presentación a derecho del mismo”, señaló el fallo.
El debate oral en su contra está fijado para el 8 de abril de 2026. Aunque la defensa consideró que se trata de una fecha lejana, el tribunal afirmó que “no resulta irrazonable” dado lo complejo de la causa y la agenda judicial. La resolución concluye que, en este marco, “no existen motivos suficientes que ameriten modificar la medida de coerción preventiva que pesa sobre el imputado”.
La causa en la que se enmarca este incidente investiga el delito de lavado de activos agravado por habitualidad y por cometerse de manera organizada, en el que también se encuentra imputada la esposa de López.
Publicado en chacodiapordia.com